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Resolución 78 de 2000 CREG

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RESOLUCIÓN 78 DE 2000

(noviembre 8)

Diario Oficial No. 44.223 de 10 de noviembre de 2000

COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

Por la cual se modifican las fechas previstas en la Resolución CREG-116 de 1996, para el envío de la información establecida en el Anexo número 4 de dicha resolución y para el cálculo del Cargo por Capacidad correspondiente el período 2000-2001.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene la facultad legal de establecer el Reglamento de Operación, el cual incluye los principios, criterios y procedimientos para regular el funcionamiento del mercado mayorista de energía eléctrica, de conformidad con lo señalado en las Leyes 142 y 143 de 1994;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas remitió al CNO, para que emitiera concepto, dos proyectos de resolución que tenían por objeto introducir ajustes al contenido de la Resolución CREG-116 de 1996, en aspectos relacionados con la declaración de parámetros por parte de los agentes para el cálculo del Cargo por Capacidad, definidos mediante Resolución CREG-059 de 1999 y con el esquema de Auditoría previsto en la Resolución CREG-047 de 1999;

Que si bien el CNO emitió concepto sobre los cambios planteados a la Resolución CREG-059 de 1999, no se pronunció sobre la modificación en discusión de la Resolución CREG-047 de 1999;

Que la CREG considera que las modificaciones planteadas deben adoptarse simultáneamente, dada la relación existente entre la declaración de los parámetros y las reglas aplicables a la verificación de los mismos;

Que el CNO en todo caso, solicitó a la CREG la ampliación del plazo establecido para la declaración de parámetros, como consta en comunicación radicada con el número 8162 del 7 de noviembre de 2000,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Para el cálculo del Cargo por Capacidad correspondiente al período 2000-2001, las fechas de recepción de información y cálculo del Cargo por Capacidad establecidas en la Resolución CREG-116 de 1996, se modificarán de la siguiente manera:

a) Fecha límite para el recibo de la información establecida en el Anexo número 4 de la Resolución CREG-116 de 1996, por parte de los agentes a la CREG: 25 de noviembre de 2000;

b) Fecha límite para entrega de la información establecida en el Anexo número 4 de la Resolución CREG-116 de 1996, por parte de la CREG al CND: 30 de noviembre de 2000;

c) Fecha límite para cálculo del Cargo por Capacidad correspondiente al período 2000-2001 por parte del CND: 15 de diciembre de 2000.

ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de noviembre de 2000.

El Ministro de Minas y Energía,

CARLOS CABALLERO ARGÁEZ,

Presidente.

La Directora Ejecutiva,

CARMENZA CHAHÍN ALVAREZ.

      

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