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Resolución 73 de 2007 CREG

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RESOLUCIÓN 73 DE 2007

(agosto 16)

Diario Oficial No. 46.748 de 11 de septiembre de 2007

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos de Conexión al STN a la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 045 de 2003.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas;

Que mediante la Resolución CREG 082 de 2002, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL);

Que a través de la Resolución CREG 045 de 2003, la Comisión aprobó el Costo Anual por el uso de los activos del Nivel de Tensión 4 y el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema de Transmisión Nacional (STN) de los Sistemas de Transmisión Regional (STR), y los Cargos Máximos de los Niveles de Tensión 3, 2 y 1 del Sistema de Distribución Local (SDL), operados por la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P.;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o de la Resolución CREG 082 de 2002, el costo anual por uso de los activos del Nivel de Tensión 4 o el Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema Interconectado Nacional, podrán ser revisados por la Comisión para lo cual se requiere la aprobación de los proyectos por parte de la Unidad de Planeación Minero-Energética;

Que la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., en comunicaciones dirigidas a la CREG, radicadas con los números E-2007-003343 y E-2007-003389 del 24 y 25 de abril de 2007 respectivamente, solicitó el ajuste del Costo Anual de los activos de Conexión al STN por la entrada en operación del Transformador 220/115 kV de 150 MVA en la subestación La Reforma;

Que a través de la Comunicación UPME 20071500104451 del 11 de enero de 2007, la Unidad emitió su aprobación al proyecto del Transformador 220/115 kV 150 MVA en la subestación La Reforma;

Que mediante Radicado CREG E-2007-003263 de abril 23 de 2007, XM-Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., envía copia a la Comisión de la declaración en operación comercial del segundo banco de Autotransformadores 230/115 kV de 150MVA en la subestación La Reforma a partir del 21 de abril de 2007;

Que la Comisión mediante Comunicado S-2007-001388 del 22 de mayo de 2007, solicitó a la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., anexar a la solicitud copia del contrato de conexión y listado de unidades constructivas aprobadas en el proyecto;

Que mediante Radicado CREG E-2007-004465 del 31 de mayo de 2007, Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P., envía a la Comisión copia de solicitud a la UPME sobre corrección en la solicitud de ampliación de transformación 230/115, 150 MVA en la Subestación la Reforma, ya que por error involuntario se solicitó la unidad constructiva N5TC5 (Transformador 230/115/13.2 kV de conexión al STN Trifásico OLTC, capacidad final entre 121 y 150 MVA.), siendo en realidad tres unidades constructivas N5TC7 (Transformadores de conexión al STN, monofásicos OLTC, capacidad final entre 41-80 MVA);

Que la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., en comunicación dirigida a la CREG, radicada con el número E-2007-004509 del 01 de junio de 2007, anexó copia del contrato de conexión y el listado de las siguientes Unidades Constructivas para su reconocimiento:

Código UCDescripciónCantidad
N5TC7Autotransformador monofásico (OLTC) de conexión al STN, capacidad final de 41 a 80 MVA3
N5S8Bahía de Transformador, interruptor y medio, 230 kV1
N4S8Bahía de transformador, configuración barra principal y transferencia -tipo convencional-1

Que mediante auto del 12 de junio de 2007, la CREG inició la Actuación Administrativa con el objeto de decidir la solicitud de modificación de los costos reconocidos en los activos de Conexión al STN a la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P.;

Que mediante la Comunicación CREG S-2007-001565 del 12 de junio de 2007, se solicitó a la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., la publicación del resumen de su solicitud en un diario de amplia circulación;

Que, en cumplimiento del parágrafo 2o del artículo 13 de la Resolución CREG 082 de 2002 la empresa mediante comunicación radicada en la CREG con el número E-2007-005069 de junio 25 de 2007, allegó copia del aviso publicado en el diario La República del 16 de junio de 2007;

Que a través de la Comunicación UPME 20071500124231 del 4 de julio de 2007, la Unidad, en atención a la solicitud de corrección enviada por ISA. S.A. E.S.P., emitió su aprobación al proyecto del segundo transformador 220/115 kV con capacidad total de 150 MVA en la subestación La Reforma con base en el siguiente listado de unidades constructivas:

UCNombreCantidad
N5S8Bahía de transformador, interruptor y medio, 230kV1
N5TC7Autotransformador monofásico (OLTC) de conexión al STN, 41
a 80MVA
3X50MVA
N4S8Bahía de transformador, configuración barra ppal. y transf.-convenc.-115kV1

;

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del Anexo No 3 de la Resolución CREG 082 de 2002:

“- Se considerarán como activos de conexión al STN las siguientes unidades constructivas: la Bahía de Transformador con tensión mayor o igual a 220 kV, el Transformador con una tensión primaria mayor o igual a 220 kV y, secundaria, cualquier tensión y la Bahía de Transformador del lado de baja”;

Que conforme a lo anterior, las unidades constructivas N5TC7, N5S8 y N4S8 se incluyen en el cálculo del reconocimiento de los Activos de Conexión al STN de que trata la solicitud;

Que aplicada la metodología contenida en la Resolución CREG 082 de 2002 y una vez incluidos los nuevos activos para el sistema operado por la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., se calculó la siguiente variable:

COSTOS ANUALES EQUIVALENTESPesos de diciembre de 2001
Activos Eléctricos asociados con la Conexión al STN – CAACj2,041,424,827

Que el Costo Anual por concepto de Terrenos, Activos No Eléctricos y Gastos Anuales de Administración, Operación y Mantenimiento, asociados con los activos de conexión al STN operados por la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P., es de $362.866.855 (pesos de diciembre de 2001);

Que la Comisión, en Sesión número 339 del día 16 de agosto de 2007, aprobó modificar el Costo Anual por el uso de los Activos de Conexión al STN, a la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P.,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 2o de la Resolución CREG 045 de 2003, el cual quedará así:

Artículo 2o. Costo Anual de los Activos de Conexión al Sistema de transmisión Nacional, STN. El Costo Anual de los Activos de Conexión al STN operados por la Electrificadora del Meta S. A., E.S.P. será el siguiente:

Costo AnualPesos colombianos de diciembre de 2001
CACj2,404,291,682

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. De conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 7o de la Resolución CREG 082 de 2002, los costos aprobados en esta Resolución estarán vigentes desde la fecha en que quede en firme este acto, y se aplicarán a partir del mes de enero de 2008. Vencido su período de vigencia, continuarán rigiendo hasta que la Comisión apruebe los nuevos cargos.

ARTÍCULO 3o. RECURSOS. La presente resolución deberá notificarse a Electrificadora del Meta S. A., E.S.P. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de agosto de 2007.

El Presidente,

MANUEL MAIGUASHCA OLANO,

Viceministro de Minas y Energía, Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

CAMILO QUINTERO MONTAÑO.

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