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Resolución 64 de 2002 CREG

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RESOLUCIÓN 64 DE 2002

(septiembre 19)

Diario Oficial No. 44.959 de 9 de octubre de 2002

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se señala el porcentaje de la contribución de regulación que deben pagar las entidades reguladas por la CREG en el año 2002.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren los artículos 85 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994, y el Decreto 2461 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que para los efectos de recuperar los costos del servicio de regulación atribuido a la Comisión, los artículos 85 de la Ley 142 de 1994 y 22 de la Ley 143 de 1994, desarrollados por el Decreto 2461 de 1999, consagran una contribución de regulación, cuya tarifa máxima no podrá ser superior al uno por ciento (1%) del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad contribuyente, con exclusión de los factores señalados en las Leyes 142 y 143 de 1994;

Que corresponde a la Comisión, definir el monto de la contribución que se aplicará a cada una de las entidades sometidas a su regulación, en el año 2002, de conformidad con la normatividad que regula esta materia;

Que el presupuesto de la Comisión de Regulación de Energía y Gas para la vigencia fiscal del año 2002, aprobado por la Ley 714 de 2001, presenta una variación del 34.71% respecto del correspondiente al año 2001, lo cual implica un incremento del 37.26% en el porcentaje de la contribución, debido a las asignaciones que debieron hacerse en el rubro de servicios personales indirectos, que se utilizan para adelantar los estudios necesarios para la fijación de las nuevas fórmulas tarifarias en los subsectores de energía eléctrica gas natural y gas licuado del petróleo, y para atender los requerimientos de defensa judicial ante el creciente número de demandas interpuestas en contra de la Comisión por el ejercicio de su actividad regulatoria;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 198 del 19 de septiembre de 2002, aprobó las siguientes decisiones;

Que conforme a lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El monto total de la contribución que deben pagar las entidades sujetas a regulación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en el año 2002, es del 0.924025358% del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad sujeta a regulación, con exclusión de los factores establecidos en la ley. El monto correspondiente a cada entidad será determinado con base en los estados financieros correspondientes al año de 2001, como lo ordenan las normas vigentes.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., 19 de septiembre de 2002.

El Ministro de Minas y Energía,

LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO,

Presidente.

El Director Ejecutivo,

JAIME ALBERTO BLANDÓN DÍAZ.

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