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Decreto 284 de 1975

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DECRETO 284 DE 1975

(febrero 24)

Diario Oficial No. 34.281, de 21 de marzo de 1975

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975, (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 32.900.000.00

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1o del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que existe un recurso del crédito externo proveniente del producto del empréstito número 514-L-068 para el Fondo de Desarrollo Sectorial (AID), por valor de $ 32.900.000, que el Gobierno Nacional estima conveniente y necesario incorporar al Presupuesto de la actual vigencia, para el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 1 de 1975 por $ 32.900.000 para amparar el crédito adicional de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Adicionanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975, con la cantidad de treinta y dos millones novecientos mil pesos ($ 32.900.000.00), moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 1 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS

DE CAPITAL

CAPÍTULO XIII

b) Recursos del Crédito Externo


Numeral 131. Fondo de Desarrollo Sectorial A.I.D…………………………..


$ 32.900.000
Suma del recurso……………………………………..$ 32.900.000

ARTÍCULO 2o. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975.

PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

CAPÍTULO 622

Gabinete del Ministro

Programa 622

Aportes para el Fomento Regional en Desarrollo Económico

Subprograma 3. Obras Varias

Fondos de Desarrollo Sectorial A.I.D.

615 443. Artículo 6222. Aportes para el Desarrollo Regional ……..
$ 32.900.000
Proyectos
1. Asignación al Banco de la República con destino a los programas del Fondo Financiero Industrial, estipulados en el Contrato e Crédito A.I.D.-514_L068



22.900.000

2. Asignación al Banco de la República con destino al Fondo Financiero Industrial para ser entregados en calidad de donación a las siguientes entidades………………






10.000.000

a) Con destino a las Fundaciones de Promoción Industrial Regional



6.000
b) Con destino al Sena, según contrato establecido entre el DNP-SENA

4.000.000
Suma el crédito adicional……………………………$32.900.000.00

ARTÍCULO 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de febrero de 1975

ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

RODRIGO BOTERO MONTOYA

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