Circular 79 de 2018 CREG
CIRCULAR 79 DE 2018
(octubre 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
PARA: | DISTRIBUIDORES MINORISTAS EN ESTACIÓN DE SERVICIO AUTOMOTRIZ Y FLUVIAL DE GASOLINA MOTOR CORRIENTE Y DIESEL |
DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA |
ASUNTO: | SOLICITUD DE INFORMACION AOM PARA LAS VIGENCIAS 2015 A 2017 |
En el marco del desarrollo de la regulación relacionada con los márgenes de distribución, uno de los elementos destacados es el conocimiento detallado de los gastos y costos asociados y directamente atribuidos a la Administración Operación y Mantenimiento -AOM-, para el caso de la actividad de distribución minorista de gasolina corriente, gasolina oxigenada, diésel y sus mezclas con biodiesel.
Dentro de este ámbito de estudio, la Comisión desarrolló un formato de reporte de información contable para conocer el detalle de la información correspondiente a los gastos de Administración, Operación y Mantenimiento AOM.
Por tanto, comedidamente solicitamos diligenciar el formato que se anexa a la presente circular, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
a) Se deben diligenciar el formato con corte a diciembre 31 de cada año solicitado.
b) La información reportada en el formato deberá presentarse separando los gastos y costos directamente atribuidos a gasolina motor corriente, gasolina oxigenada y diésel y sus mezclas con biodiesel de los gastos y costos asociados a otras actividades dentro de la empresa tales como comercialización y distribución de lubricantes, aditivos y otros combustibles (gasolina extra), comercialización montaje y mantenimiento de llantas, autopartes, y accesorios, servicio de alineación y balanceo, lavado automotriz, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, comercio al por menor en establecimientos con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas o tabaco, y en general cualquier gasto asociado a otros negocios no relacionados con la comercialización de gasolina motor corriente y diésel.
c) La información deberá estar suscrita y debidamente certificada por el representante legal y el contador y/o revisor fiscal cuando haya lugar a ello. También debe ser entregada en formato físico firmado por los responsables a la dirección Avenida Calle 116 No. 7-15 Edificio Cusezar Interior 2 Oficina 901 y en medio magnético utilizando exclusivamente el formato xls anexo, al correo electrónico creg@creg.gov.co
d) El plazo para el reporte de la información será hasta el 9 de noviembre de 2018.
Cordialmente,
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA
ANEXO