Circular 71 de 2020 CREG
CIRCULAR 71 DE 2020
(agosto 05)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
PARA: | EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERIA y TERCEROS INTERESADOS |
DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA |
ASUNTO: | PUBLICACIÓN TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA REALIZAR UN ESTUDIO QUE SIRVA COMO INSUMO PARA ESTABLECER LA FÓRMULA TARIFARIA DEL COSTO UNITARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERÍA A USUARIOS REGULADOS PARA EL SIGUIENTE PERIODO TARIFARIO. |
La Comisión, dentro de sus proyectos regulatorios para el año 2020, tiene previsto la expedición de la nueva metodología para establecer la fórmula para el siguiente período tarifario, que permita determinar los costos unitarios de prestación del servicio como base para la determinación de las tarifas aplicables a los usuarios regulados del servicio de gas combustible por redes de tubería.
En este sentido, mediante la Resolución CREG 071 de 2019, la Comisión puso en conocimiento de los agentes, usuarios y terceros interesados las bases sobre las cuales se realizarán los estudios para establecer la fórmula tarifaria en cuestión. En particular, en el numeral 9 del anexo general de la mencionada resolución se señalan los aspectos que deben estudiarse para el próximo período tarifario.
Tomando en consideración lo anteriormente expuesto, la Comisión requiere realizar un estudio que sirva como insumo para establecer la fórmula del costo unitario de prestación del servicio público domiciliario de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados para el siguiente período tarifario.
En este sentido, se somete a comentarios de los agentes involucrados en las actividades de la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible por redes de tubería, así como potenciales consultores, el borrador de los Términos de Referencia correspondientes al estudio a contratar, con el propósito de que los interesados hagan comentarios y sugerencias para ser considerados por la Comisión antes de iniciar el proceso de contratación.
De acuerdo con lo anterior, agradecemos hacer sus comentarios a los Términos de Referencia que se anexan, hasta el 6 de agosto del presente año, inclusive, los cuales deberán ser enviados al correo electrónico creg@creg.gov.co.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN