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Circular 67 de 2017 CREG

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CIRCULAR 67 DE 2017

(noviembre 1)

<Fuente:Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

PARA:EMPRESAS DISTRIBUIDORAS Y COMERCIALIZADORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERIA
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: PRORROGA CIRCULAR 065 DE 2017

La Dirección Ejecutiva de la CREG se permite informar a las empresas distribuidoras y comercializadoras de gas combustible por redes de tuberías, que la nueva fecha límite para el envío de la información requerida mediante Circular CREG No. 065 de 2017, es el viernes 1 de diciembre de 2017, en las mismas condiciones de diligenciamiento ya señaladas, y enviada al correo electrónico creg@creg.gov.co

Favor tener en cuenta, no diligenciar el OA03 (descompresión de GNC) pues es parte de la actividad de Distribución de gas combustible por redes, si ejecuta las actividades OA01 y la OA02 (compresión y transporte de GNC), y no tiene separados los valores asociados a estos gastos, puede reportar el total de las erogaciones de la actividad de GNC en la columna OA02 (Valores asociados al transporte de gas natural comprimido GNC).

Adicionalmente se debe tener en cuenta que los valores reportados en la columna OA14, (Gastos de atención de usuarios no regulados), corresponden a la actividad de comercialización (TAAC), y sólo deben estar reportados en la columna OA14 y no simultáneamente en la columna TAAC (Valores asociados a la actividad de comercialización).

En la columna O17 (valores asociados a la ingeniería, diseño o construcción de redes de distribución, excepto traslado de redes), se debe tener en cuenta que estos gastos incluyen los gastos de ingeniería y diseño de la construcción de las redes, pero no los gastos de la oficina de planeación o quien haga sus veces para la ingeniería y diseño del sistema de distribución.

Si tiene gastos en las columnas OA09 (Valores asociados a revisiones previas) y OA12, (Valores asociados a las revisiones de instalaciones internas) puede diligenciar las erogaciones asociadas a estas, en sólo una de cualquiera de las columnas

Cualquier información adicional, favor comunicarse con Javier Lucero Díaz, al teléfono (1) 6032020 ext. 307.

La fecha límite para el envío de esta información es el 01 de diciembre de 2017 y debe ser diligenciado y enviado digitalmente en el formato pdf y xls adjunto al correo creg@creg.gov.co

Cordialmente,

GERMÁN CASTRO FERREIRA

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