Circular 31 de 2016 CREG
CIRCULAR 31 DE 2016
(junio 7)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
Bogotá, D. C.,
Para: | TERCEROS INTERESADOS |
De: | Dirección Ejecutiva |
Asunto: | APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 25 DE LA RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010. CARGOS PARA EL GASODUCTO EL CAUCHO/MARIQUITA - GUALANDAY SEGÚN SOLICITUD DE PROGASUR S.A. E.S.P. |
De conformidad con lo establecido en el Artículo 25 de la Resolución CREG 126 de 2010, la empresa PROGASUR S.A. E.S.P. hizo una solicitud de cargos para el gasoducto de la red tipo II llamado El Cuacho/Mariquita - Gualanday.
En cumplimiento del procedimiento previsto en el artículo 25 de la citada Resolución, mediante la Circular No. 149 de 2015 la Comisión publicó el contenido del Sobre No. 1 que la empresa radicó en la Comisión.
Mediante auto del 24 de febrero de 2016 la Comisión requirió a Progasur remitir información adicional sobre el gasoducto El Caucho/Mariquita - Gualanday.
Como complemento a la información publicada mediante la Circular No. 149 de 2015 y atendiendo lo dispuesto en los Autos I-2016-000881 del 24 de febrero de 2016 así como I-2016-002270 del 2 de junio de 2016, en la presente Circular publicamos información sobre demandas reportada por Progasur mediante comunicación CREG E-2016-002436 según lo requerido en el auto del 24 de febrero de 2016.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3o del auto del 24 de febrero de 2016, así como en el artículo 2o del auto de junio 2 de 2016, el siguiente día hábil a la publicación de la presente Circular se reanudan los términos a los que hace referencia el literal b del artículo 24 de la Resolución CREG 126 de 2010 para el caso de la actuación administrativa que se viene adelantando para la aprobación de cargos del gasoducto El Caucho/Mariquita - Gualanday.
JORGE PINTO NOLLA
Gasoducto El Caucho/Mariquita - Gualanday
"1. Cantidades máximas de gas que se esperan extraer a lo largo del gasoducto El Caucho/Mariquita - Gualanday: 18 MPCD.
2. Sitios en los cuales se extraerán las cantidades sin hacer uso del SNT existente una vez se retira el gas del gasoducto en cuestión:
Las City Gates del mercado atendido por Alcanos".