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Circular 2 de 2015 CREG

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CIRCULAR 2 DE 2015

(Enero 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

PARA:VENDEDORES A LOS QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 17 DE LA RESOLUCIÓN CREG 089 DE 2013
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO:DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN DE CONTRATOS

Conforme a lo establecido por la Resolución CREG 124 de 2013, la cual a su vez fue modificada por la Resolución CREG 032 de 2014, en cumplimiento de lo dispuesto por el parágrafo del artículo 21, los responsables del pago del ingreso regulado del gestor del mercado, que corresponden a los vendedores de que trata el artículo 17 de la Resolución CREG 089 de 2013, deberán radicar por medio electrónico al correo creg@creg.gov.co la información de que trata la presente circular.

Considerando la declaración realizada anteriormente en atención a las circulares CREG 057 y 078 de 2013 y CREG 052, 083 y 093 de 2014, la Comisión solicita mediante la presente circular la información correspondiente a los contratos pactados conforme a lo establecido en la Resolución CREG 136 de 2014 y que a la fecha no hayan sido remitidos a la Comisión. Asimismo, todos los contratos que se pacten bajo esta modalidad hasta la realización de las primeras subastas por parte del gestor del mercado deberán ser remitidos a la Comisión bajo las condiciones descritas a continuación.

Los parámetros dentro de los cuales se debe remitir la información solicitada, son los siguientes:

1. El archivo Excel con el formato debidamente diligenciado que se anexa a esta circular.

2. La impresión legible de todas las hojas del formato en Excel las cuales deberán ser firmadas por el representante legal de la empresa que hace la declaración. Dichas hojas firmadas deberán ser escaneadas y enviadas en un archivo pdf.

3. Certificado de existencia y representación legal más reciente que acredite la calidad de quien firma cada una de las hojas del formato en Excel impreso. Este documento no se requiere si la empresa lo ha aportado a la CREG en los doce (12) meses anteriores y no ha tenido cambio de Representante Legal.

Notas:

i. Todos los campos del formato en Excel deben ser diligenciados, teniendo en cuenta las instrucciones del caso.

ii. En caso de discrepancias entre el archivo en Excel y algún dato en las hojas impresas y firmadas se tomará el valor de la hoja impresa.

Cordialmente,

JORGE PINTO NOLLA

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