61275935117EC0DF052578FD005B94EF Resolución - 2011 - CREG109-2011
Texto del documento

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


RESOLUCIÓN No. 109 DE 2011

( 23 AGO. 2011 )



Por la cual se modifica el artículo 3 y los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.


Concordancias: Ley 143 de 1994; Art. 4o.; Art. 20, Art. 23
Ley 142 de 1994; Art. 74 Num. 74.1 Lit. c)
Resolución CREG 88 de 2011
Resolución CREG 71 de 2006
Según la Ley 143 de 1994, artículo 4, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos. La Ley 143 de 1994, artículo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio. Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones: De acuerdo con lo establecido en el literal c) del artículo 74.1 de la ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG establecer el Reglamento de Operación, para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista.

La CREG mediante Resolución CREG 071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía, en la cual se estableció que con el fin de garantizar la confiabilidad del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional se definirá una Demanda Objetivo que se debe cubrir mediante Obligaciones de Energía Firme. En el artículo 2 de la Resolución CREG 071 de 2006, se definió la Demanda Objetivo como aquella que “equivale a la Demanda Total Doméstica de Energía para cada uno de los meses comprendidos entre el 1º de Diciembre y el 30 de noviembre del año siguiente al Período de Planeación, más un porcentaje que fijará la CREG…”; y se estableció que “la Demanda Total Doméstica de Energía corresponderá a la proyección más reciente elaborada por la UPME para el escenario de proyección seleccionado por la CREG”. Según lo dispuesto en el artículo 18 de la Resolución CREG 071 de 2006, “Durante el primer semestre de cada año la CREG verificará si la suma de la ENFICC de cada una de las plantas y/o unidades de generación es mayor o igual a la Demanda Objetivo calculada para el año que inicia el 1º de diciembre del año t+p, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 19 de esta resolución”. En el citado artículo 18 de la Resolución CREG 071 de 2006 se estableció que “la CREG fijará, mediante resolución, la oportunidad en que el ASIC debe llevar a cabo la Subasta o el mecanismo de asignación que haga sus veces; así como el cronograma de las actividades que deben ejecutarse durante los Períodos de Precalificación y de Planeación de la Subasta, o las fechas máximas de ejecución de las actividades asociadas al mecanismo de asignación, según sea el caso”. La CREG expidió la Resolución 056 de 2011 “Por la cual se adoptan las decisiones de que trata el artículo 18 y demás disposiciones de la Resolución CREG 071 de 2006, para llevar a cabo la Subasta para la asignación de las Obligaciones de Energía Firme del Cargo por Confiabilidad para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2015 y el 30 de noviembre de 2016.”

La CREG expidió la Resolución 088 de 2011 “Por la cual se modifica la fecha de cierre de la Declaración de Interés de los Anexos 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011.

La CREG considera necesario ampliar el plazo para la promoción de la subasta para el período diciembre de 2015 a noviembre de 2016.

Se requiere incluir en el cronograma del Anexo 2 de la Resolución CREG 056 de 2011 la actividad sobre reporte de retiros temporales o definitivos de plantas existentes, según los definido en el numeral 1.2 del Reglamento de la Subasta, Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006.

De conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto 2696 de 2004 y el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución CREG 097 de 2004, la Comisión decidió por unanimidad que la presente Resolución no estará sometida a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulación previstas en el Decreto, por razones de conveniencia general y oportunidad, teniendo en cuenta que las reglas que aquí se adoptan se requieren para que los agentes conozcan las modificaciones al cronograma y puedan adoptar las medidas pertinentes para participar en la asignación de las OEF.

No se informó este acto a la Superintendencia de Industria y Comercio por cuanto no tiene incidencia sobre la libre competencia según señalado en el Decreto 2897 de 2010.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 496 del 23 de agosto de 2011, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:

Artículo 1. Modificación del artículo 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Se modifica el artículo 3 de la Resolución CREG 056 de 2011 el cual quedará así:

Artículo 2. Modificación de los Anexo 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011. Se modifican los Anexo 2 y 3 de la Resolución CREG 056 de 2011 los cuales quedarán como se presentan en el anexo de esta Resolución.

Artículo 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica las disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá. D. C., a los




    TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA
JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO
Viceministro de Minas y Energía
Delegado del Ministro de Minas y Energía
      Director Ejecutivo
      Presidente
ANEXO


ANEXO 2

CRONOGRAMA PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN POR PARTE DE QUIENES DESEEN SER HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA PARA LA ASIGNACIÓN DE OBLIGACIONES DE ENERGÍA FIRME PARA EL PERÍODO DE VIGENCIA COMPRENDIDO ENTRE EL PRIMERO (1°) DE DICIEMBRE DE 2015 Y EL TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DE 2016
(SUBASTA DE RELOJ DESCENDENTE)

      Tipo
Descripción
Responsable
Fecha
Reporte de información de retiroLos agentes generadores que representen comercialmente Plantas o Unidades de Generación Existentes y que retirarlas temporalmente o definitivamente de la subasta, deberán remitir comunicación según lo definido en los numerales 1.2.1 y 1.2.2 del anexo 10 de la Resolución CREG-071 de 2006.AgenteSep. 12/11
Declaración de InterésComunicación, mediante la cual se informa a la CREG el interés de participar en la Subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme con plantas o unidades de generación nuevas y aquellas a las que no se les ha calculado ENFICC.AgenteDesde
Jul. 27/11
Hasta
Oct. 3/11
Declaración de parámetros1. La totalidad de parámetros establecidos en el numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución CREG-071 de 2006. Esta información deberá ser remitida haciendo uso de los formatos establecidos para tal fin. Quienes representen plantas o unidades de generación nuevas y de las que trata el numeral 3.6.2 del Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006 deberán reportar, en la misma forma, la totalidad de parámetros para cada uno de los fraccionamientos posibles. AgenteNov. 24/11
2. Certificación expedida por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste que el proyecto está inscrito en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica, mínimo en fase 2.
3. Certificación expedida por la UPME con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste la presentación ante esa entidad del estudio de conexión a la red de transmisión.
4. En el caso de plantas hidráulicas, deberán remitir los registros históricos de caudales promedio mensual de los ríos que aportan a la planta, con una extensión mínima de veinte (20) años.
5. Cronograma de construcción o repotenciación de la planta o unidad de generación.
6. Curva S.
Solicitud aclaración de parámetrosSolicitud de aclaración a la declaración de parámetros.
CND-CREG
De Nov. 25/11
a Dic. 1/11
Declaración de ENFICC y Garantías para participar en la subasta.1. Declaración de ENFICC por parte de los agentes a la CREG. Entrega de declaración de proyectos excluyentes y sobre cerrado para el pago de estudios según regulación.AgenteDic. 14/11
2. Declaración de período de vigencia de la Obligación, para plantas nuevas, especiales y existentes con obras.
3. Quienes representen plantas o unidades de generación nuevas y de las que trata el numeral 3.6.2 del Anexo 10 de la Resolución CREG 071 de 2006 deberán informar a la CREG la ENFICC de los fraccionamientos posibles.
4. Envío de las garantías para participar en la subasta establecidas en la regulación vigente
Declaración de contratos Plantas No Despachadas CentralmenteDeclaración en la que los agentes generadores que representan Plantas No Despachadas Centralmente informan si tienen contratos en los que suministren energía para cubrir demanda del período de vigencia a subastarAgentesDic. 14/11
      Verificación
Verificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de ENFICC.
CND-CREG
De
Dic. 15/11

a
Dic. 21/11
1. Verificación de la clasificación declarada para la unidad o planta
ASIC
2. Solicitud de aclaraciones a garantía remitida para participar en la subasta.
Informe agentes habilitadosDocumento expedido por el Administrador de la subasta a los agentes.
ASIC
Dic. 23/11
Publicación de resultados de la subastaPublicación del precio de cierre y asignaciones de OEF
ASIC
Dentro de los 2 días hábiles a partir de día de cierre de la subasta
Publicación documento de parámetrosPublicación del documento de parámetros.
CREG
Dentro de los 4 días hábiles a partir de día de cierre de la subasta
Entrega de contratos o garantías Entrega de contratos de combustible o garantías.

Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el período de planeación, pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG 071 de 2006.

Para plantas térmicas con combustibles líquidos que se acogieron a la opción ii) del artículo 13 de la Resolución CREG 085 de 2007, la manifestación escrita.
Para plantas térmicas con gas natural importado aplicarán lo definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto.
Agentes
Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de la subasta
Solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF Solicitud de aclaración a la garantías remitidas
ASIC
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de contratos o garantías
Expedición de certificado de asignación de Obligaciones de Energía FirmeCertificado expedido por el ASIC de conformidad con la regulación vigente
ASIC
Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF


TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA
JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO
Viceministro de Minas y Energía
Director Ejecutivo
Delegado del Ministro de Minas y Energía
Presidente
ANEXO 3

CRONOGRAMA PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN POR PARTE DE QUIENES DESEEN SER HABILITADOS PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA PARA LA ASIGNACIÓN DE OEF CON PLANTAS O UNIDADES DE GENERACIÓN CON PERIODOS DE CONSTRUCCIÓN SUPERIORES AL PERIODO DE PLANEACIÓN DE LA SUBASTA (GPPS)
(SUBASTA GPPS)



Tipo
Descripción
Responsable
      Fecha
Declaración de InterésComunicación suscrita por el representante legal mediante la cual se informa a la CREG el interés de participar en la Subasta para la asignación de OEF con plantas o unidades de generación nuevas sin OEF y aquellas a las que no se les ha calculado ENFICC.
Agente
Desde
Jul. 27/11
Hasta
Oct. 3/11
Publicación de información para agentes con plantas GPPSPublicación de Precio Máximo para GPPS y de Incremento de demanda para años t+p+2 a t+10
ASIC
Dentro de los 2 días hábiles a partir de día de cierre de la subasta para asignación de OEF
Declaración de parámetros1. La totalidad de parámetros establecidos en el numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución CREG-071 de 2006. Esta información deberá ser remitida haciendo uso de los formatos establecidos para tal fin.
Agente con GPPS sin OEF
Dic. 16/11
2. Certificación expedida por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste que el proyecto está inscrito en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica, mínimo en fase 2.
3. Certificación expedida por la UPME con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste la presentación ante esa entidad del estudio de conexión a la red de transmisión.
4. En el caso de plantas hidráulicas, deberán remitir los registros históricos de caudales promedio mensual de los ríos que aportan a la planta, con una extensión mínima de veinte (20) años.
5. Cronograma de construcción o repotenciación de la planta o unidad de generación.
6. Curva S.
Solicitud aclaración de parámetrosSolicitud de aclaración a la declaración de parámetros.
CND-CREG
De
Dic. 19/11

a
Dic. 23/11
Declaración de ENFICC y Garantías para participar en la asignación o subasta para GPPS1. Declaración de ENFICC por parte de los agentes a la CREG. Entrega de declaración de proyectos excluyentes y sobre cerrado para pago de estudios según regulación.
Agente con GPPS
Ene. 11/12
2. Declaración de período de vigencia de la Obligación y cantidad de energía firme para OEF
3. Entrega de documentación para acreditar representación en posible subasta.
4. Envío de la garantía para participar según la regulación vigente
5. Entrega de sobre cerrado de que trata el Numeral 3.15.2 del Reglamento de la Subasta para Asignación de OEF (Anexo 10 Res. CREG-071/06).
VerificaciónVerificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de ENFICC
CND-CREG
De
Ene. 12/12

a
Ene. 18/12
1. Verificación de la clasificación declarada para la unidad o planta y documentos de representación.
ASIC
2. Solicitud de aclaraciones a garantía remitida para participar en la subasta.
Informe agentes habilitadosDocumento expedido por el Administrador de la subasta a los agentes.
ASIC
Ene. 20/12
Balance y convocatoria a subasta de sobre cerradoPublicación del balance oferta agregada demanda para los años t+p+2 a t+10.
ASIC
Ene. 24/12
Convocatoria a subasta de sobre cerrado para períodos que así lo requieran
Entrega de sobres cerrados y aperturaEntrega y apertura de sobres cerrados
Agentes
ASIC
Ene. 26/12
Asignación y PublicaciónAsignación de OEF a agentes con GPPS
ASIC
Ene. 30/12
Publicación documento de parámetrosPublicación del documento de parámetros.
CREG
Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de asignaciones
Entrega de contratos o garantías Entrega de contratos de combustible o garantías.

Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el período de planeación, pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG 071 de 2006.

Para plantas térmicas con combustibles líquidos que se acogieron a la opción ii) del artículo 13 de la Resolución CREG-085 de 2007, la manifestación escrita.

Para plantas térmicas con gas natural importado aplicarán lo definido en la resolución que adopte la Comisión para el efecto.
Agente
Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de asignaciones
Solicitud de aclaraciones a las garantías que respaldan OEF a GPPSSolicitud de aclaraciones a garantía remitida
ASIC
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de contratos o garantías
Expedición de certificado de asignación de Obligaciones de Energía FirmeCertificado expedido por el ASIC de conformidad con la regulación vigente
ASIC
Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF



TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA
JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO
Viceministro de Minas y Energía
Director Ejecutivo
Delegado del Ministro de Minas y Energía
Presidente
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Ultima actualización: 31/08/2011 11:56:04 a.m.