A0568D40C4368A860525785A007A71F1 Resolución - 2009 - CREG141-2009
Texto del documento
RESOLUCIÓN No. 141
( 05 NOV. 2009 )

Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución CREG-034 de 2001.
Notas de Vigencia: - Modificada por la Resolución 161 de 2009, publicada en el Diario Oficial No. 47.564 de 15 de diciembre de 2009, "Por la cual se modifica la Resolución CREG 140 de 2009 y se aclara la Resolución CREG-141 del mismo año"

Concordancias: Ley 143 de 1994; Art. 4o.; Art. 20; Art. 23
Ley 142 de 1994; Art. 74
Resolución CREG 51 de 2009
Resolución CREG 24 de 1995

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


C O N S I D E R A N D O Q U E:

Según la Ley 143 de 1994, artículo 4, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos.

La Ley 143 de 1994, artículo 20, definió como objetivo fundamental de la Regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio.

Para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la función de crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia. Según la Ley 142 de 1994, artículo 74, son funciones y facultades especiales de la CREG, entre otras, las de regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente; y propiciar la competencia en el sector de minas y energía.

La ley 142 de 1994, artículo 74, también le asignó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la función de expedir el Reglamento de Operación para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de energía.

Mediante la Resolución CREG-024 de 1995 la Comisión reguló los aspectos comerciales del Mercado Mayorista de Energía, estableciendo entre otros aspectos el esquema de ofertas de precios, el Despacho Ideal y las reglas para determinar el precio de la Bolsa en el Mercado Energía Mayorista

A través de la Resolución CREG-034 de 2001 la Comisión expidió normas para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de energía, con el fin de establecer los precios máximos de la Generación de Seguridad Fuera de Mérito, para lo cual definió los Costos de Arranque y Parada por tipo de tecnología, con la mejor información disponible que tuvo en esa época.

Posteriormente, mediante la Resolución CREG-051 de 2009 la Comisión modificó, entre otros aspectos, el esquema de ofertas de precios a la Bolsa en el Mercado Energía Mayorista, separando de la oferta de precios a la Bolsa, la oferta de los Precios de Arranque-Parada.

A partir de la aplicación de la citada Resolución CREG-051 de 2009, los agentes generadores de energía vienen estimando y ofertando a la Bolsa de Energía los Precios de Arranque-Parada de sus plantas o unidades de generación.

La comisión ha considerado conveniente determinar los Costos de Arranque-Parada para efectos de calcular la remuneración de la Generación de Seguridad Fuera de Mérito, a partir de los Precio de Arranque-Parada ofertados por los agentes a la Bolsa de Energía en aplicación de la Resolución CREG-051 de 2009.

Con la Resolución CREG-126 de 2009 se publicó un proyecto de resolución con el fin de modificar el artículo 1 de la Resolución CREG-034 de 2001.

Se recibieron comentarios de las siguientes entidades: EMGESA S.A ESP, EPSA S.A ESP, XM S.A ESP, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN, GECELCA S.A ESP, ISAGEN S.A ESP, TERMOTASAJERO y ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE GENERADORES, los cuales fueron analizados, según se presenta en el Documento CREG-111 de 2009.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 426, del 5 de noviembre de 2009, acordó expedir la regulación contenida en la presente Resolución.

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1. Sustitución de la variable “Costo de Arranque-Parada (CAP)” definida en el Artículo 1 de la Resolución CREG-034 de 2001. Para todos los efectos de la Resolución CREG-034 de 2001, adicionada por la Resolución CREG-038 del mismo año, la variable “Costo de Arranque-Parada (CAP)” contenida en el Artículo 1 de la primera de estas Resoluciones, queda sustituida por la siguiente variable: Parágrafo. Para las plantas que comiencen a operar como duales o las que inicien operación comercial después de la entrada en vigencia de esta Resolución, se tomará el primer Precio de Arranque-Parada ofertado por el agente generador para la planta como dual o al iniciar la operación comercial, respectivamente.

ARTÍCULO 2. Modificación de la fórmula de Precio de Reconciliación Positiva del Generador Térmico. La fórmula de Precio de Reconciliación Positiva del Generador Térmico del Artículo 1 de la Resolución CREG-034 de 2001, modificada por el Artículo 12 de la Resolución CREG-076 de 2009, quedará así:

ARTÍCULO 3.Vigencia. Esta Resolución regirá a partir su publicación en el Diario Oficial.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Bogotá, D.C. 05 NOV. 2009

SILVANA GIAIMO CHÁVEZ
HERNÁN MOLINA VALENCIA
Ministra de Minas y Energía ( E )
Director Ejecutivo
Presidente
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Ultima actualización: 21/03/2011 05:58:20 p.m.
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D-111-09 COMENTARIOS A LA RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2009.pdf