8E36E6F03CA40C7F0525785A007A6773 Resolución - 2004 - CREG034-2004
Texto del documento
Publicada en el Diario Oficial No.45.526 del 21 de abril de 2004
RESOLUCIÓN No. 034
( 30 MAR. 2004 )

Por la cual se modifica la Resolución CREG 072 de 2002
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO:

Que el Artículo 73.3. de la Ley 142 de 1994, dispone que es función de las Comisiones de Regulación definir los criterios de eficiencia y desarrollar indicadores y modelos para evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa de las empresas de servicios públicos y solicitar las evaluaciones que considere necesarias para el ejercicio de sus funciones;

Que según los Artículos 46 a 49 de la Ley 142 de 1994, las empresas de servicios públicos deben aplicar sistemas de control interno; y los criterios, indicadores y modelos para realizarlo, deben ser definidos por la Comisión de Regulación respectiva;

Que la Ley 689 de 2002 en su Artículo 7 modificó el Artículo 52 de la Ley 142 de 1994 relacionado con el concepto de control de gestión y resultados;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió la Resolución CREG 072 de 2002, “Por la cual se establece la metodología para clasificar las personas prestadoras de los servicios públicos, de acuerdo con el nivel de riesgo y se definen los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos de carácter obligatorio que permiten evaluar su gestión y resultados”;

Que a partir de resultados iniciales sobre evaluación de gestión y clasificación por nivel de riesgo, características y condiciones, y de análisis conjuntos entre la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Comisión de Regulación de Energía y Gas se consideró conveniente estudiar algunos ajustes a la metodología establecida;

Que los soportes de información que permiten realizar la clasificación según el nivel de riesgo, características y condiciones de los prestadores de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, revisten un carácter dinámico;

Que la Comisión en su Sesión No. 233 del 30 de marzo de 2004 aprobó el contenido de la presente Resolución;


RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar el Artículo 1 de la Resolución CREG 072 de 2002, el cual quedará como sigue:
a. Definir los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos de carácter obligatorio que permitan evaluar la gestión y resultados de las entidades prestadoras, y
b. Establecer las metodologías para clasificar las personas prestadoras de los servicios públicos, de acuerdo con el nivel de riesgo, características y condiciones, con el propósito de determinar cuáles de ellas requieren de una inspección y vigilancia especial o detallada por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Esta clasificación se define exclusivamente como una herramienta para la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y, en consecuencia, no limita los análisis adicionales que ésta realice en ejercicio de sus funciones ni se constituye en un análisis o clasificación equivalente al que efectúan las empresas especializadas en calificación de riesgo”.
ARTÍCULO 2. Modificar el Artículo 9 de la Resolución CREG 072 de 2002, el cual quedará como sigue:
ARTÍCULO 3. Modificar el Artículo 10 de la Resolución CREG 072 de 2002, modificado por la Resolución CREG 121 de 2003, el cual quedará como sigue:
ARTÍCULO 4. Modificar el Artículo 11 de la Resolución CREG 072 de 2002, modificado por la Resolución CREG 121 de 2003, el cual quedará así:

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Ultima actualización: 13/02/2008 12:31:45 p.m.
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