7D8223E9E12FD9FA0525785A007A5EB6 Resolución - 2000 - CREG025-2000
Texto del documento
Resolución No. 025
(Mayo 08 de 2000)


C O N S I D E R A N D O:


Que la Ley 142, en especial el Artículo 73.11, los Capítulos I y II del Título VI, y el Capítulo V del Título VII, y la Ley 143, en particular el Artículo 23 y el Capítulo IX, asignan a la Comisión la función de aprobar las fórmulas tarifarias y las metodologías para el cálculo de las tarifas aplicables a los usuarios regulados;

Que mediante Resolución CREG-031 de 1997, la Comisión de Regulación de Energía y Gas definió las fórmulas generales que permiten establecer los costos de prestación del servicio de electricidad aplicables a los usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, consideró conveniente precisar las fuentes de información para calcular los componentes correspondientes a cargos por Centro Nacional de Despacho, Centros Regionales de Despacho y Sistemas de Intercambios Comerciales incluidos en la fórmula Tarifa contenida en la resolución CREG-031 de 1997;

R E S U E L V E:



ARTICULO 1º: El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) deberá suministrar la información de los Cargos por Centro Nacional de Despacho, Centros Regionales de Despacho y SIC asignados al comercializador (CCD), a los que se refiere el numeral 2.4 del Anexo Número Uno de la Resolución CREG-031 de 1997, a más tardar el quinto día hábil del mes siguiente al que corresponden los respectivos Cargos, con la información que tenga disponible.
Concordancia : Resolución-CRG31-97-An:1-Num:2.4

PARAGRAFO: Las diferencias producidas por las correcciones solicitadas al ASIC después de la fecha establecida en el presente Artículo, y que no entraron en el cálculo de la información que se publicó, se incluirán como un valor diferencial en el cálculo del valor a publicar del mes siguiente.

ARTÍCULO 2º: Esta Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., el día 08 de Mayo de 2000


CARLOS CABALLERO ARGAEZ
Ministro de Minas y Energía
Presidente
CARMENZA CHAHIN ALVAREZ
Director Ejecutivo

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Ultima actualización: 03/21/2011 05:19:08 PM