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Resolución
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1998
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CREG001-98
Texto del documento
Resolución No. 01
(Enero 13 de 1998)
Por medio de la cual se modifica el plazo para concluir la evaluación y divulgar los resultados del análisis de los estudios de viabilidad empresarial presentados por empresas del sector eléctrico.
Sobre.el.Mismo.Tema.Ver : Resolución-CRG51-96
Resolución-CRG98-97
Resolución-CR123-97
Resolución-CR145-97
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
C O N S I D E R A N D O :
Que la Comisión mediante resolución CREG-145 de 1997 prorrogó por 90 días, a partir del 29 de agosto de 1997, el plazo para concluir la evaluación y divulgar los resultados del análisis de los estudios de viabilidad empresarial presentados por las empresas de electricidad, gas natural por red de ductos y GLP.
Que a las empresas: CENTRALES ELECTRICAS DE NORTE DE SANTANDER, EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E., ELECTRIFICADORA DEL META S.A. E.S.P., ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., y EMPRESA DE ENERGIA DEL QUINDIO, se les solicitó que ajustaran los planes de inversiones contenidos en los estudios de viabilidad presentados, ejercicio que deben someter a revisión de la UPME.
Que para concluir el análisis y hacer el respectivo pronunciamiento sobre la viabilidad empresarial, es indispensable que previamente se haya cumplido el trámite anteriormente señalado, por lo cual es necesario modificar el plazo previsto en la resolución CREG-145 de 1997.
R E S U E L V E:
ARTICULO 1o.
El análisis de los estudios de viabilidad empresarial presentados hasta la fecha por las empresas de servicios públicos de energía eléctrica, que se encuentran pendientes por evaluar, será concluido a más tardar dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de expedición de esta resolución, plazo dentro del cual la Comisión se pronunciará conforme a lo previsto en la resolución CREG-123 de 1997.
Concordancia : Resolución-CR123-97-Art:1
Resolución-CR145-97-Art:1
ARTICULO 2º.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publicada en el Diario Oficial No. 43.224 de enero 28 de 1998
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el día 13 de Enero de 1998
ORLANDO CABRALES MARTINEZ
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JORGE ENRIQUE MERCADO DIAZ
Director Ejecutivo
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Ultima actualización: 10/20/2014 03:37:52 PM