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Resolución
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1997
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CRG229-97
Texto del documento
Resolución No. 229
(Diciembre 15 de 1997)
Por la cual se resuelve el Recurso de Reposición presentado por la Electrificadora del Meta S. A. E. S. P. contra la Resolución CREG-182 de 1997.
Sobre.el.Mismo.Tema.Ver : Resolución-CRG99-97
Resolución-CR155-97
Resolución-CR182-97
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
Ver : Leyes-Ley-142-Art:113
C O N S I D E R A N D O:
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas mediante Resolución 182 de 1997, aprobó los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Electrificadora del Meta;
Que el representante legal de la Electrificadora del Meta, dentro de los términos legales, presentó recurso de reposición contra la Resolución CREG-164 de 1997, con base en los siguientes argumentos:
“De acuerdo a las proyecciones efectuadas por EMSA, con los nuevos Cargos de Distribución aprobados en la Resolución CREG 182/97, los costos unitarios de prestación del servicio a nuestros Usuarios Regulados, tendrían una disminución notable respecto a los actuales costos unitarios con que EMSA viene facturando.
- Con los Costos de Distribución máximos aprobados en la Resolución CREG 155/97, los costos unitarios de prestación del servicio se semejan a los costos unitarios de prestación del servicio con que EMSA factura actualmente.
- Dentro de las consideraciones de la Comisión para fijar los cargos de uso del STR no se incluyeron las condiciones específicas de EMSA con un mercado de más del 90% residencial con una infraestructura mayoritariamente obsoleta lo que influye en la determinación de los cargos.
Por las implicaciones financieras que los cargos asignados pueden tener para nuestra Empresa, solicito muy respetuosamente se considere acercar el valor de los Cargos Monomios para la Electrificadora del Meta S. A. a los límites máximos aprobados para los Cargos en la Resolución CREG 155 de 1997.
Que respecto de los argumentos presentados por la Electrificadora del Meta para sustentar el recurso de reposición, la Comisión considera:
1. Tal como se consideró en la Resolución CREG-182 de 1997, vencido el plazo para que los transportadores presentaran la información requerida según la Resolución CREG-099 de 1997 para el cálculo de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local, la Electrificadora del Meta no presentó información alguna. En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 10°. de la Resolución CREG-099 de 1997, la Comisión adelantó de oficio la correspondiente actuación, con los elementos de juicio que tenía a su disposición;
2. En consideración a la necesidad de fijar los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Electrificadora del Meta, ya que forma parte de la fórmula tarifaria, la CREG determinó en el parágrafo del artículo 10o de la Resolución 099 de 1997, que podría adelantar la actuación de oficio en el evento en que la empresa no presentará la información requerida. Así mismo, esta actuación estaría orientada de acuerdo con los elementos de juicio que la misma Comisión tuviera a su disposición; en ejercicio de las faculates descritas, de las cuales el recurrente tenía conocimiento, se tuvieron en cuenta las reducciones promedio en los cargos de uso de cada uno de los niveles de tensión de las empresas que presentaron información a la Comisión, por lo cual podía determinarse que se presentaría la misma situación para aquellas empresas que no presetaron información, de manera que se valoraron los activos de acuerdo con lo que se determinaba en la resolución CREG - 099 de 1997.
3. Dentro de lo expuesto por el recurrente no se encuentran elementos de juicio adicionales que permitan a la Comisión modificar lo inicialmente dispuesto.
4. Los argumentos utilizados por la empresa para sustentar el recurso de reposición, de solicitar la modificación de los cargos por uso aprobados por la Comisión basado en que estos cargos causan una disminución en los costos de prestación del servicio a sus usuarios, son inaceptables. La metodología establecida en la Resolución CREG-099 de 1997 permite remunerar la inversión necesaria para prestar el servicio de transporte regional y distribución local, en forma economicamente eficiente
De acuerdo con lo anterior, la Comisión
RESUELVE
Artículo 1º.
No modificar lo dispuesto mediante la Resolución CREG-182 de 1997, en relación con los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local operado por la Electrificadora del Meta S. A. E. S. P.
Concordancia : Resolución-CR182-97-Art:1
Artículo 2º.
Notificar al representante legal de la Empresa ELECTRIFICADORA DEL META S. A. E.S.P. el contenido de esta resolución, y hacerle saber que contra lo dispuesto en este acto no procede recurso alguno por la vía gubernativa.
Artículo 3°. Vigencia.
La presente resolución rige a partir su notificación.
Publicada en el Diario Oficial No. 43.216 de enero 16 de 1998
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el día 15 de Diciembre de 1997
ORLANDO CABRALES MARTINEZ
Ministro de Minas y Energía
Presidente
JORGE ENRIQUE MERCADO DIAZ
Director Ejecutivo
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Ultima actualización: 03/21/2011 05:20:54 PM