ARTICULO 2o. Desde la entrada en vigencia de la presente Resolución y hasta el 1o de Mayo de 1996, el Centro Nacional de Despacho (CND) efectuará diariamente una simulación adicional del Despacho Económico Horario, considerando como límite máximo de intercambio de potencia de las líneas mencionadas, 720 MW.
Los sobrecostos operativos que resulten de la diferencia entre la generación total del SIN, calculada en el Despacho Económico Horario con límite máximo de transferencia de potencia 720 MW y el Despacho Económico Horario calculado con límite máximo de transferencia de potencia de 558 MW, serán asignables exclusivamente a CORELCA.
El sobrecosto operativo calculado con el procedimiento anterior, se liquidará de acuerdo con la metodología establecida para el cálculo de Reconciliaciones, reglamentada en la Resolución CREG-024 de 1995 y normas complementarias.
ARTICULO 3o. Solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios investigar las causas por las cuales CORELCA no estuvo preparada para el incremento en la importación de potencia por la línea de interconexión, en cuanto a la protección de sus unidades y la implementación del teledisparo a que alude en la comunicación citada en los considerandos de esta Resolución; así mismo solicitarle a la Superintendencia que establezca las responsabilidades que puedan corresponderle a la mencionada empresa en relación con los sobrecostos que se impongan al sistema interconectado durante el período comprendido entre la entrada en vigencia de la presente Resolución y la fecha de aumento efectivo del límite de intercambio a 720 MW.
ARTICULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación al Consejo Nacional de Operación. Igualmente deberá notificarse a CORELCA. Contra lo dispuesto en ella no procede recurso alguno por la vía gubernativa.
Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial.
Publicada en el Diario Oficial No. 42.764 de abril 12 de 1996 |
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 9 de Abril de 1996