74F34FC7D1BC2BF40525785A007A5F61 Resolución - 1994 - CRG94046
Texto del documento

Resolución 046 de 1994
(14 de diciembre)
Por la cual se establece el cargo
máximo a la Empresa de Energía
de Cundinamarca por el uso del sistema de transmisión regional
y distribución local de propiedad de la Empresa de Energía de Bogotá -EEB-.
C o n s i d e r a n d o:
R e s u e l v e:

A partir del 1º de enero de 1995, la Empresa de Energía de Cundinamarca pagará un cargo máximo de $ 2.99 por KWH por el uso del sistema de transmisión regional y distribución local de propiedad de la Empresa de Energía de Bogotá -EEB-.

Este cargo máximo es aplicable a las compras de energía que realice la Empresa de Energía de Cundinamarca.


Modificado : Resolución-CRG94062-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG95047-Res:047/95

Concordancia : Resolución-CRG94003-Art:2-3
Concordancia : Resolución-CRG94003-Art:15-16
Concordancia : Resolución-CRG94004-Art:2-3
Concordancia : Resolución-CRG15-96-Res:015/96

Ver : Resolución-CRG75-97-Res:075/97
Ver : Resolución-CRG99-97-Res:099/97
Ver : Resolución-CR166-97-Res:166/97
Ver : Resolución-CR177-97-Res:177/97

La Empresa de Energía de Bogotá -EEB- someterá a aprobación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas el cargo que finalmente acuerde con la Empresa de Energía de Cundinamarca, sujeto a la metodología señalada en el Anexo Nº 1 de la Resolución CREG-004 de 1994.


Concordancia : Resolución-CRG94004-Art:6
Concordancia : Resolución-CRG94004-An:I
Concordancia : Resolución-CRG94060-Res:060/94
Concordancia : Resolución-CRG18-96-Art:1

El cargo señalado en la disposición anterior, se actualizará mensualmente de acuerdo con el Indice de Precios del Productor Total Nacional (IPP) del mes correspondiente calculado por el Banco de la República.


Concordancia : Resolución-CRG94004-Art:6
Concordancia : Resolución-CRG94004-An:I
Concordancia : Resolución-CRG94060-Res:060/94

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.


Comuníquese, publíquese y cúmplase


Dada en Santafé de Bogotá, D. C., El día 14 de diciembre de 1994

Jorge Eduardo Cock L.
Presidente
Manuel Ignacio Dussán V.
Coordinador general


Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo

Crg46-94.docCr046-94.pdf - Cr046-94.pdf


Ultima actualización: 10/20/2014 03:33:47 PM