E28012A005B0E2A70525785A007A6083
Conceptos.Creg
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1995
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C951012
Texto del documento
1. ENTIDAD SOLICITANTE :UNIDAD DE PLANEACION MINERO
ENERGETICA, UPME.
FECHA : 95/07/04
RESPUESTA : OFICIO MMECREG- 1012 DE 95/07/25
TEMA CONSULTA:
SE SOLICITA PRECISAR LA DEFINICION DEL INDICADOR DE TIEMPO DE ATENCION RECLAMOS FACTURACION .
El indicador
de tiempo de atención reclamos facturación incide positiva o negativamente en el nivel de ingresos de una empresa, su situación de liquidez y la percepción del servicio que tengan los usuarios.
TPRF =
_
(FSRF i - FPRF i) / NRS
FSRF : Fecha Solución Reclamo Facturación i
FPRF : Fecha Presentación Reclamo Facturación i
NRF : Número de Reclamos Facturación Solucionados.
El Indicador es aplicable a las empresas comercializadoras del Sector Eléctrico y del Sector de Gas.
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REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
Santafé de Bogotá‚ D C.,
Doctor
GERMAN CORREDOR AVELLA
Director General
UNIDAD DE PLANEACION MINERO-ENERGETICA
Ciudad
REF: Indicadores de Gestión. Comunicación 1558 - 4 de Julio de 1995
Apreciado doctor Corredor:
Damos respuesta a su comunicación, en la cual solicita se precise la definición de los indicadores de gestión establecidos en la Circular UPME – CREG del 30 de diciembre de 1994 y que serán evaluados en el contexto de los planes de desempeño presentados por las empresas para la vigencia actual.
Como es de su conocimiento, la Ley 142 de 1994 establece en el Parágrafo de su Artículo 52: “Las empresas de servicios públicos presentaran ante las oficinas o unidades de planeación o la unidad administrativa que haga sus veces en el respectivo ministerio, para su aprobación, un plan de gestión y resultados de corto, mediano y largo plazo, que sirvan de base para el control que deben ejercer las auditorías externas. Este plan deberá evaluarse y actualizarse anualmente, teniendo como base esencial lo definido por las comisiones de regulación, de acuerdo con el inciso anterior. Estas oficinas de planeación o similares deberán establecer los mecanismos para el cumplimiento de esta norma en un término no inferior a (6)meses después de la vigencia de esta ley”.
Es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas definir “los criterios, características, indicadores y modelos de carácter obligatorio que permitan evaluar la gestión y resultados de las empresas”. Sin embargo, el plazo previsto en la Ley no establece una fecha precisa para que la CREG fije los lineamientos mencionados.
No obstante, conscientes de la importancia de establecer tan pronto como sea posible el marco conceptual del sistema de control de gestión que regirá a las empresas de servicios públicos, se ha contratado un estudio que involucre simultáneamente el desarrollo de los elementos de dicho sistema y el desarrollo de la metodología de evaluación de la viabilidad empresarial de las ESP (Artículo 181 de la Ley 142 de 1994). Es nuestro criterio que estos dos temas no deben analizarse separadamente.
En lo relacionado con la solicitud presentada por la UPME, la CREG considera que las definiciones consignadas en la Circular, por ser de carácter preliminar y transitorio no deben ser modificadas en aspectos conceptuales. Un ejercicio en esta dirección podría resultar desorientador para las empresas que ya han elaborado sus planes de gestión para la vigencia y se encuentran en trámite de presentarlos ante la UPME.
Para evaluar los planes de desempeño para el período de transición, no todos los indicadores propuestos en la Circular tienen la misma jerarquía. En concepto del equipo técnico de la Comisión y en el contexto de la labor que viene desarrollando la Unidad de Planeamiento, los indicadores contenidos en la Circular cuya aplicación sería útil en el proceso de revisión de los planes de gestión son los siguientes, sin que ello signifique obligatoriedad como referencia para los planes de gestión, en la medida en que no existe resolución oficial de la CREG en este tema:
a- Indicadores:
Calidad del Servicio, Capacidad de Inversión Solvencia, Nivel de Pérdidas, Rotación de las Cuentas por Cobrar, Indice de Gastos Administrativos, Tiempo Atención Solicitudes de Conexión, Tiempo Atención Reclamos Servicio y Tiempo de Atención Reclamos Facturación.
b- Definición Indicadores:
-
Calidad del Servicio
La Calidad del Servicio se mide en términos de confiabilidad, es decir, las interrupciones del servicio y su duración, sean éstas programadas o no. La indisponibilidad en general ocasiona pérdidas económicas para la empresa. Los tiempos de duración de las suspensiones ocasionadas por mantenimiento o fallas deben minimizarse. Un indicador podría ser el siguiente:
CFS = ( 1- DES/T ) * 100
donde:
DES : Duración Equivalente Suspensión Servicio
DES =
_
(UPI
i
* TDI
i
) / ( V +
_
UPI
i
)
FCS : Fecha Conexión Solicitud i
FPS : Fecha Presentación Solicitud i
NS : Número de Solicitudes de Conexión Efectuadas
El indicador es aplicable a las Distribuidoras del Sector Eléctrico y del Sector de Gas.
-
Tiempo Atención Reclamos Servicio
El indicador incide positiva o negativamente en el nivel de Ingresos de una empresa, su situación de liquidez y la percepción que del servicio tengan los usuarios.
TPRS =
_
( FSRS
i
– FPRS
i
) / NRS
FSRS : Fecha Solución Reclamo Servicio i
FPRS : Fecha Presentación Reclamo Servicio i
NRS : Número de Reclamos Servicio Solucionados
El indicador es aplicable a las Distribuidoras del Sector Eléctrico y del Sector de Gas.
-
Tiempo de Atención Reclamos Facturación
El indicador incide positiva o negativamente en el nivel de Ingresos de una empresas, su situación de liquidez y la percepción que del servicio tengan los usuarios.
TPRF =
_
( FSRF
i
- FPRF
i
) / NRF
FSRF : Fecha Solución Reclamo Facturación
FPRF : Fecha Presentación Reclamo Facturación
NRF : Número de Reclamos Facturación Solucionados
El indicador es aplicable a las Comercializadoras del Sector Eléctrico y del Sector de Gas.
RC = CS/FS * 365
donde:
CS : Cartera Servicio
FS : Facturación Servicio
El indicador es aplicable al Sector Eléctrico y al Sector Gas. La información para su cálculo debe extractarse de los estados de causación de las empresas. Si se desea seguimiento mensual el indicador deber tener base anual- móvil.
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Indice de Gastos Administrativos
GAR = CA / IT * 100
CA : Costos de Administración Registrados por la Empresa asociados con la prestación del servicio
IT : Ingresos Totales de la Empresa asociados con la prestación del servicio
Tanto los Ingresos como los Costos mencionados corresponden a estados de causación. Si se requiere el seguimiento mensual, trimestral, etc, el índice debe ser calculado sobre base anual- móvil.
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Tiempo Atención Solicitudes de Conexión
El indicador incide positiva o negativamente en el nivel de Ingresos de una empresa, su situación de liquidez y la percepción que del servicio tengan los usuarios.
TPSC =
_
( FCS
i
– FPS
i
) / NS
FCS : Fecha Conexión Solicitud i
FPS : Fecha Presentación Solicitud i
NS : Número de Solicitudes de Conexión Efectuadas
El indicador es aplicable a las Distribuidoras del Sector Eléctrico y del Sector de Gas.
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Tiempo Atención Reclamos Servicio
El indicador incide positiva o negativamente en el nivel de Ingresos de una empresa, su situación de liquidez y la percepción que del servicio tengan los usuarios.
IT : Ingresos Totales de la Empresa asociados con la prestación del servicio
CT : Costos Totales de la Empresa asociados con la prestación del servicio
GF : Gastos Financieros Totales de la Empresa asociados con la prestación del servicio
AD : Amortización de la Deuda Total de la Empresa asociados con la prestación del servicio
Los rubros mencionados corresponden a estados de causación. Si se requiere el seguimiento mensual, trimestral, etc el índice debe ser calculado sobre base anual- móvil.
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Nivel de Pérdidas
El nivel de pérdidas que presente una empresa, por encima del Indice de Pérdidas de Eficiencia, afecta tanto sus posibilidades en materia de expansión, como su capacidad de atención adecuada del mercado actual. Aún cuando en el sector de gas las pérdidas que se producen son esencialmente de tipo administrativo y no tienen la misma incidencia económica que en el sector eléctrico, el indicador es aplicable en ambos sectores.
NP = ( P + C - CP- V ) / ( P + C - CP) * 100
donde:
P : Producción
C : Compras
CP : Consumo Propio
V : Ventas Facturadas
El Nivel de Pérdidas se mide sobre base anual-móvil. Debe existir correspondencia física entre P, C, CP y V.
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Rotación de las Cuentas por Cobrar
Un aspecto que incide en la situación de ingresos de una empresa, es el relacionado con la Cartera Morosa que registra la entidad, ésta a su vez depende del nivel de Recaudo efectivo que presente. La Cartera Morosa lesiona considerablemente la liquidez de la empresa, afecta su cumplimiento de obligaciones internas y externas y restringe sus posibilidades reales de expansión del servicio.
c- Evaluación de los Planes de Gestión:
Los criterios de evaluación de los planes de gestión que se presenten para el período de transición, pueden ser similares a los que venía aplicando la FEN en el esquema de control que regía con anterioridad a la expedición de la Ley 142 de 1994. La CREG posteriormente establecerá la metodología de evaluación que deberá aplicarse en el futuro.
Los criterios, indicadores, metas y mecanismos de evaluación que establezca la CREG, como resultado del estudio que se encuentra en trámite de contratación, pueden diferir substancialmente de las definiciones contenidas en la Circular y en esta comunicación. La puesta en marcha del sistema de control de gestión definitivo, necesariamente está supeditada a la entrada en vigencia de la separación contable de actividades ( 1o de enero de 1996, según Artículo No 5 de la Resolución No 056 de la CREG del 28 de diciembre de 1994). En consecuencia, los planes de gestión que se acuerden con anterioridad a esta fecha, serán forzosamente de naturaleza transitoria.
Cordialmente,
EVAMARIA URIBE TOBON
Director Ejecutivo
Vo.Bo. Dr. EDUARDO BARRERA Q Dr. JORGE PINTO NOLLA
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
U
NIDAD DE
P
LANEACION
M
INERO -
E
NERGETICA
Santa fé de Bogotá, D.C.;
Doctora
EVA MARIA URIBE
Director Ejecutivo
Comisión de regulación de Energía y Gas
Ciudad
Ref: Indicadores de Gestión
Doctora Eva María:
De conformidad con lo establecido en la Circular UPME –CREG del 30 de Diciembre de 1994, las empresas del sector eléctrico han enviado los planes de gestión, para evaluación de esta Unidad.
Para poder analizar y evaluar la situación actual de la gestión y las propuestas de las empresas en términos de las metas de cada uno de los indicadores establecidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas en el anexo 1 de la mencionada Circular, esta Unidad considera oportuno que la CREG precise los siguientes aspectos relacionados con dichos indicadores:
1.
Definición de Indicadores
a. Describir cada indicador, los criterios y componentes de los rubros contenidos en los indicadores. Detallando cuáles subcuentas se incluyen y cuáles se excluyen para el cálculo.
b. Precisar para cada indicador si la información para su cálculo debe tomarse de los estados de caja o causación de las empresas.
c. Explicar las características y cómo se miden algunos indicadores que están expresados de manera general en la circular mencionada, como son los relacionados con la cobertura y calidad del servicio
d. Establecer la prioridad de los indicadores, esto es, cuáles son relevantes y cuáles no sería necesario tener en cuenta en el análisis, dado el período de transición, originado por la separación contable de actividades en las empresas.
2. Valores de Referencia
Para los indicadores que la CREG defina como relevantes y deban evaluarse, sería conveniente establecer una meta de referencia a alcanzar; para ello es necesario clasificar las empresas en grupos a partir de sus características específicas y establecer unos criterios generales para la fijación de metas.
Cordialmente,
GERMAN CORREDOR AVELLA
Director General
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Ultima actualización: 03/21/2011 05:20:41 PM