EBAAC50823B1402B0525785A007A7253 Resolución - 2010 - CREG012-2010
Texto del documento
RESOLUCIÓN No. 012
( 12 FEB. 2010 )


Por la cual se complementan algunas disposiciones de la Resolución CREG-168 de 2008.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


En ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y
C O N S I D E R A N D O:


Que la CREG mediante Resolución CREG-168 de 2008, aprobó la opción que podrán aplicar los Comercializadores Minoristas en el Sistema Interconectado Nacional para calcular la tarifa aplicable a los usuarios finales regulados.

Que la aplicación de la resolución CREG 168 de 2008 permite la reducción del impacto de posibles incrementos o decrementos en el Costo Unitario de prestación del servicio.

Que por efecto de la aplicación de las “Áreas de Distribución de Energía Eléctrica –ADD” de que trata la resolución CREG 058 de 2008, se pueden presentar reducciones significativas de los costos unitarios de prestación del servicio de un mes a otro.

Que la CREG considera que dichas reducciones podrían ser trasladadas inmediatamente a la tarifa de los usuarios finales regulados, aun en el caso de comercializadores que se encuentren aplicando la opción tarifaria de que trata la resolución CREG 168 de 2008.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución CREG-097 de 2004, la presente Resolución no está sometida a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulaciones previstas en el artículo 9 del Decreto 2696 de 2004, por razones de conveniencia general y de oportunidad, dado que es necesario adoptar las disposiciones acá definidas para permitir el traslado inmediato de las reducciones de los costos unitarios de prestación por efecto de la aplicación de las “Áreas de Distribución de Energía Eléctrica –ADD”.

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 443, del 12 de febrero de 2010, aprobó las disposiciones contenidas en la presente Resolución.
R E S U E L V E


Artículo 1. Adicionar al Artículo 2 de la Resolución CREG 168 de 2008, el siguiente parágrafo:
Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Bogotá, D.C., a los 12 FEB. 2010



SILVANA GIAIMO CHÁVEZ
HERNÁN MOLINA VALENCIA
Viceministra de Minas y Energía
Director Ejecutivo
Delegada del Ministro de Minas y Energía Presidente


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Ultima actualización: 16/02/2010 04:28:47 p.m.
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