8EAA6405A64ECA9D0525785A007A6AF9 Resolución - 2004 - CREG084-2004
Texto del documento

Publicada en el Diario oficial No.45.752 del 4 de Diciembre de 2004
RESOLUCIÓN No.084
( 18 NOV. 2004 )
Por la cual se complementa la Resolución CREG 122 de 2003

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:


Que el Artículo 30 de la Ley 143 de 1994 establece que “Las empresas propietarias de redes de interconexión, transmisión y distribución permitirán la conexión y acceso de las empresas eléctricas, de otros agentes generadores y de los usuarios que lo soliciten, previo el cumplimiento de las normas que rijan el servicio y el pago de las retribuciones que correspondan...”;

Que mediante la Resolución CREG-131 de 1998, la CREG estableció normas para la prestación del servicio a Usuarios No Regulados y las condiciones que se deben cumplir para tener acceso a tal condición;

Que mediante la Resolución CREG-003 de 1994, la CREG estableció normas para el transporte de energía eléctrica por redes de Transmisión Regional y de Distribución Local;

Que mediante la Resolución CREG-082 de 2002 se redefinió el concepto de Activos de Conexión, según el cual, varios usuarios pueden conectarse a los sistemas compartiendo este tipo de activos, sin que por ello pierdan la condición de Activos de Conexión;

Que mediante la Resolución CREG-122 de 2003, la CREG adoptó los principios y las reglas generales para la clasificación y funcionamiento de Fronteras Comerciales del Mercado Mayorista, como Fronteras Embebidas;

Que mediante la Resolución CREG-061 de agosto 10 de 2004, la CREG sometió a consideración de los usuarios e interesados, una propuesta de ámbito de aplicación para la Resolución CREG 122 de 2003;

Que la Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica – ASOCODIS-, mediante comunicación radicada en la CREG bajo el número E-2004-07612, el Comité Asesor de Comercialización – CAC -, mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004-8281, ISAGEN S.A. mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004-7190, EMPRESA DE ENERGÍA DEL PACÍFICO S.A. mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004-7273, CODENSA S.A. mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004-8227, EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004-7395, ELECTROCOSTA Y ELECTRICARIBE S.A. mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004- 7384, COMERCIALIZAR S.A mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004- 7352, y ACOLGEN mediante la comunicación radicada bajo el número E-2004-7248, presentaron observaciones a la Comisión sobre la Resolución de consulta CREG 061 de 2004,las cuales se analizan en el documento CREG 062 del 18 de noviembre de 2004;

Que la Comisión ha considerado conveniente precisar y complementar las reglas contenidas en la Resolución CREG-122 de 2003 para clasificar y registrar una Frontera Embebida, teniendo en cuenta la finalidad originalmente pretendida con dichas normas;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión No. 244 del 18 de noviembre de 2004, acordó expedir la presente resolución;
RESUELVE:



Res084-2004.docCreg084-2004.pdf - Creg084-2004.pdf


Ultima actualización: 26/06/2007 03:14:54 p.m.
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