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Resolución
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2010
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CREG115-2010
Texto del documento
República de Colombia
Ministerio de Minas y Energía
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No.
115
DE 2010
( 28 JUL. 2010 )
Por la cual se otorga un nuevo plazo para remitir observaciones, sugerencias o comentarios al proyecto de resolución contenido en la Resolución CREG 069 de 2010.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y 2696 de 2004,
CONSIDERANDO QUE:
Mediante Resolución CREG 069 de 2010 se ordenó hacer público el proyecto de resolución
“Por la cual se define la regulación aplicable a los Intercambios Internacionales de Energía y Confiabilidad entre Colombia y Panamá, como parte del Reglamento de Operación”.
La propuesta que se sometió a comentarios es el resultado del trabajo de armonización regulatoria que se ha realizado junto con la Autoridad de los Servicios Públicos de Panamá, ASEP, en cumplimiento de las directivas de política establecidas por el señor Presidente de la República y el Ministerio de Minas y Energía, con el fin de establecer los marcos normativos aplicables a los intercambios de energía entre Panamá y Colombia.
El artículo 2 de la Resolución en mención estableció que el término para remitir observaciones o sugerencias era de 30 días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución en la página web de la CREG, la cual se hizo el 1 de junio de 2010.
Los días 20 y 23 de julio se llevaron a cabo dos talleres en las ciudades de Panamá y Bogotá, respectivamente, para presentar las propuestas regulatorias de la Autoridad de los Servicios Públicos de Panamá, ASEP, y de la CREG.
La ASEP estableció como plazo máximo de comentarios el próximo 25 de agosto, por lo que se considera pertinente otorgar el mismo plazo para la presentación se observaciones y comentarios a la propuesta regulatoria contenida en la Resolución CREG 069 de 2010.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 460, del 28 de julio de 2010, acordó expedir esta resolución.
RESUELVE:
Artículo 1.
Conceder hasta el 25 de agosto de 2010 para que los agentes, usuarios y demás interesados remitan sus observaciones o sugerencias a la propuesta regulatoria contenida en la Resolución CREG 069 de 2010.
Artículo 2.
La presente resolución no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a los
28 JUL. 2010
SILVANA GIAIMO CHÁVEZ
JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO
Viceministra de Minas y Energía
Delegada del Ministro de Minas y Energía
Director Ejecutivo
Presidente
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Creg115-2010.doc
Creg115-2010.pdf
Ultima actualización: 30/07/2010 09:32:50 a.m.