Artículo 1. Objeto. Mediante la presente resolución se selecciona la Demanda Objetivo que debe ser cubierta mediante Obligaciones de Energía Firme, durante el período comprendido entre Diciembre 1 de 2006 y Noviembre 30 de 2007, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG-071 de 2006.
Artículo 2. Demanda Objetivo. Para efectos de la asignación de las Obligaciones de Energía Firme, la demanda objetivo para cada uno de los meses comprendidos entre el 1° de Diciembre de 2006 y el 30 de Noviembre de 2007 será la correspondiente al escenario de proyección de demanda media más reciente, más un porcentaje correspondiente a dos (2) desviaciones estándar del error de predicción, estimados por la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME:
Artículo 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.