6F0A659634B716B30525785A007A721B Resolución - 2009 - CREG186-2009
Texto del documento


Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS


RESOLUCIÓN No. 186 DE 2009

( 18 DIC. 2009 )


Por la cual se aclaran algunas de las reglas contenidas en la Resolución CREG-160 de 2009.
Concordancias: Ley 143 de 1994; Art. 4o.; Art. 20; Art. 23; Art. 34
Ley 142 de 1994; Art. 74.1 Lit. c.
Decisión Andina 720 de 2009
Decisión Andina 536 de 2002
Resolución CREG 149 de 2009
Resolución CREG 51 de 2009
Resolución CREG 4 de 2003
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y,
C O N S I D E R A N D O Q U E:

La Comisión de la Comunidad Andina, en reunión ampliada con los Ministros de Energía, adoptó el 19 de diciembre de 2002 la Decisión CAN 536 por la cual se establece el “Marco General para la Interconexión Subregional de Sistemas Eléctricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad”.

En ejercicio de sus funciones y conforme a lo dispuesto en la Decisión CAN 536 la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió la Resolución CREG 004 de 2003 “Por la cual se establece la regulación aplicable a las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo –TIE-, la cual será parte del Reglamento de Operación, y se adoptan otras disposiciones complementarias.”

La Resolución CREG 004 de 2003 ha sido modificada, aclarada y adicionada por resoluciones posteriores, y se han adoptado disposiciones adicionales que se aplican a los intercambios de electricidad entre Colombia y Ecuador.

La Comisión de la Comunidad Andina, en reunión ampliada con los Ministros de Energía, adoptó el 4 de noviembre de 2009 la Decisión CAN 720 “Sobre la vigencia de la Decisión 536 “Marco General para la interconexión subregional de sistemas eléctricos e intercambio intracomunitario de electricidad.”

El Anexo de la Decisión 720 contiene el Régimen Transitorio Aplicable a las Transacciones Internacionales de Electricidad entre Colombia y Ecuador.

El 4 de diciembre de 2009 entró en vigencia la Resolución CREG-160 de 2009, por la cual se adopta la regulación aplicable a las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo –TIE- entre Colombia y Ecuador, de conformidad con el Régimen Transitorio adoptado por la Decisión CAN 720.

El artículo 9º de la Resolución CREG-160 de 2009 modifica el Anexo 4 de la Resolución CREG-004 de 2003, que define la metodología para el cálculo del costo de la energía generada por restricciones del SIN, asociada con la exportación a través del Enlace Internacional.

El artículo 11º de la Resolución CREG-160 de 2009 modifica el Anexo A-4 “Función Precio en la Bolsa de Energía” de la Resolución CREG-024 de 1995, que describe los procesos de la Función SICPREC.

El artículo 12º de la Resolución CREG-160 de 2009 modifica el artículo 9º “Ajustes a la liquidación en la Bolsa de Energía” de la Resolución CREG-051 de 2009, que define los valores a cargo y a favor de los generadores que salieron despachados en el Despacho Ideal.

Es necesario corregir el numeral 4 del literal A del Anexo 4 de la Resolución CREG-004 de 2003, el literal d del numeral 1 y el literal d del numeral 2 del Anexo A-4 “Función de Precio en la Bolsa de Energía” de la Resolución CREG-024 de 1995, y el numeral 1 del artículo 9º de la Resolución CREG-051 de 2009, para la adecuada aplicación de las normas contenidas en la Resolución CREG-160 de 2009.

De conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 1 de la Resolución CREG 097 de 2004, no se hizo público el proyecto de resolución conforme a las disposiciones del artículo 9 del Decreto 2696 de 2004, por tratarse de la corrección de errores de hecho cuya aclaración no incide en el sentido de la decisión contenida en la Resolución CREG 160 de 2009.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 434 del 18 de diciembre de 2009, acordó expedir esta resolución.

R E S U E L V E:




ARTÍCULO 1º. Modificación del numeral 4 del literal A del Anexo 4 de la Resolución CREG 004 de 2003: Modifíquese el numeral 4 del literal A del Anexo 4 de la Resolución CREG 004 de 2003 la cual queda así:
















Donde:






PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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Creg186-2009.docCreg186-2009.pdf


Ultima actualización: 21/03/2011 05:58:43 p.m.