donde: : Es el Costos de prestación del servicio en el nivel de tensión n, para el mes m-1, como se define en la resolución CREG-079/97 : Es la indexación mensualizada, con base en la inflación proyecta para el año t, como se define en la resolución CREG-079/97 Artículo 3º. Unificación del Consumo de Nivelación: El plan de ajustes establecido por los comercializadores para 1998, previsto en el Artículo 6º. de la resolución CREG 079/97, a partir de la vigencia de la presente resolución quedará así: