349A9FDC1380C4860525785A007A6DAD Resolución - 2006 - CREG101-2006
Texto del documento
Por la cual se resuelve una solicitud de revisión tarifaria, presentada por la empresa ENERGIA SOCIAL DE LA COSTA S.A. E.S.P.- ENERGIASOCIAL.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO:

1. LA SOLICITUD.

La empresa ENERGIA SOCIAL DE LA COSTA S.A. E.S.P., a través de comunicación radicada en la CREG con el No. E-2005-5801 del 5 de Agosto de 2005, suscrita por su Representante Legal, presentó solicitud de revisión tarifaria argumentando, principalmente, que los cargos de comercialización que aplica a los usuarios de Barrios Subnormales que actualmente atiende no le garantizan el criterio de suficiencia financiera establecido en las leyes 142 y 143 de 1994.

La solicitud a la CREG, expresada por la empresa, es la siguiente:

Se solicita a la CREG proceder a la revisión tarifaria para ENERGIASOCIAL de forma que garantice la suficiencia financiera y la sostenibilidad de la empresa, teniendo en cuenta las condiciones de recaudo esperadas, los costos operacionales, los niveles de riesgo de la actividad, y una remuneración mínima de inversión.

De acuerdo con los datos y la documentación presentada, ENERGÍA SOCIAL DE LA COSTA solicita a la CREG lo siguiente:

Fijar el Costo Base de Comercialización para el mercado de comercialización atendido por ENERGIASOCIAL, conformado exclusivamente por Barrios Subnormales de la Costa Atlántica, en la suma de $12,210.35 por usuario, que se dividiría por el Consumo Facturado Medio de cada familia para encontrar el componente C en $/Kwh. del Costo Unitario de Prestación del Servicio.

El valor en dinero está expresado en pesos de diciembre de 2004 que se ajustarían de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 031 de 1997.”

2. PRETENSIONES DE LA SOLICITUD

La solicitud presentada por la empresa, contiene las siguientes pretensiones principales:

· “Ajustar el Costo Base de Comercialización para el mercado de comercialización atendido por ENERGIASOCIAL, conformado exclusivamente por Barrios Subnormales de la Costa Atlántica, a $12,210.35 por factura individual expedida a cada usuario integrante del Barrio Subnormal, de tal forma que le permita a la empresa obtener suficiencia financiera en condiciones de eficiencia.”

Pretensiones subsidiarias:

· Que se expida la fórmula o fórmulas particulares necesarias para establecer los costos de prestación del servicio a los usuarios de los Barrios Subnormales atendidos por ENERGIA SOCIAL, que garanticen el cumplimiento del principio de suficiencia financiera de la empresa, sin perjuicio de que en el futuro se expidan por parte de la CREG las fórmulas generales de costos de prestación del servicio a usuarios finales y/o las fórmulas de costos de prestación del servicio en Zonas Especiales que igualmente garanticen dicho principio”.

3. FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN TARIFARIA

La empresa manifestó en su solicitud:

“Con el fin de analizar las posibles alternativas para el manejo de la causal de disolución por pérdidas, se procedió a efectuar un análisis de viabilidad financiera y de gestión de ENERGIASOCIAL, del cual se concluye que (i) ENERGIASOCIAL no es financieramente viable con la tarifa actual y que (ii) la inviabilidad no se origina en una problema de gestión de la empresa. Así mismo, analizadas las posibles alternativas para el manejo de la causal de disolución por pérdidas, se encontró que la única viable sería que los accionistas efectuaran capitalizaciones adicionales.

Los accionistas de ENERGIASOCIAL han considerado que la decisión de capitalizar la empresa para enervar la causal de disolución por pérdidas depende de que ésta llegue a ser financieramente viable, por lo que se solicitó a la administración de ENERGIASOCIAL presentar a la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG una solicitud de ajuste tarifario que le permita a la empresa obtener suficiencia financiera.

Realizados los estudios correspondientes se ha determinado que el Costo Base de Comercialización que permite a Energía Social obtener suficiencia financiera es de doce mil doscientos diez pesos con treinta y cinco centavos (12,210.35) por factura expedida a cada usuario integrante del Barrio Subnormal.”

La empresa presentó el documento “Revisión del Costo Base de Comercialización de ENERGIA SOCIAL DE LA COSTA por insuficiencia financiera”, con el cual la empresa pretende demostrar dos hechos: (i) La insuficiencia financiera de la empresa, (ii) Que dicha insuficiencia no se debe a un problema de gestión de la misma.

A continuación se expone la información contenida en el referido documento.

3.1. Indicadores financieros y de gestión.

3.1.1. Recaudo.

Según la información reportada por la empresa, los ingresos de ENERGIASOCIAL provenientes de la prestación del servicio público de energía eléctrica a los usuarios de los barrios subnormales proviene de tres (3) fuentes: los subsidios del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI) y del Fondo para la Energía Social (FOES) y los pagos que efectúan los usuarios a través del Gestor Comunitario, con quien la empresa acuerda la gestión de recaudo de los valores que factura.

En el Cuadro 1, se presenta la información suministrada por la empresa, respecto a los índices de recaudo de la facturación:

Cuadro 1. Recaudo.



Creg101-2006.docCreg101-2006.pdf


Ultima actualización: 26/09/2007 11:16:16 a.m.